martes, 22 de enero de 2008

A QUIEN AFECTA EL NUEVO IMPUESTO EMPRESARIAL (IETU)

ESCALONA GOMEZ RICARDO ALAN
Estudiante de licenciatura en Derecho
Séptimo Semestre



Hoy en día es necesario tener conocimiento de los impuestos con los que se tienen que contribuir como mexicanos, en especial los de reciente creación, como es el que acontece nuestro tema a tratar.

El nuevo impuesto denominado IMPUESTO EMPRESARIAL DE TASA UNICA, que entro en vigor a partir del primero de enero de 2008, el cual tiene la finalidad de evitar la elusión fiscal en materia de ISR (Impuesto Sobre la Renta) el cual sustituirá al impuesto al activo; el IETU es un impuesto con efectos financieros graves, que trae consigo una planeación fiscal empresarial adecuada.

El IETU afecta de forma indirecta a todos los contribuyentes; sin embargo, de manera directa afectara a Escuelas, Clubes Deportivos, Sociedades Cooperativas, Sector Primario y Transportistas, Arrendadores, Constructoras, Sociedades en Nombre Colectivo, En Comandita Simple, Empresas que Otorguen Vales de Despensa, Fondos de Ahorro entre otras más.

El dar a conocer este tema atreves de la gaceta jurídica de la Universidad Justo Sierra no es por simple requisito de tramite si no por que en realidad es de suma importancia para nosotros como alumnos y en especial a nuestros padres quienes son los que aportan nuestras colegiaturas e inscripción, el tema central del presente articulo que ya se menciono con anterioridad es el IETU el cual afecta de manera directa a las Escuelas o Instituciones que imparten enseñanza con reconocimiento de validez oficial otorgado por la Secretaria de Educación Pública, ya que no son contribuyentes del ISR, y verán una gran afectación al no haber sido excluidas para el pago del IETU ya que partir del presenta año se comenzara a pagar el presente impuesto con una tasa de 16.5% el cual se vera reflejado en nuestra inscripción para este año y en especial en las colegiaturas.

Cabe destacar que si la institución educativa que estuviera autorizada para recibir donativos deducibles que señala el artículo 97 del ISR, entonces no pagaran el IETU.

Entendiendo en si que si la universidad conforme a sus lineamientos acepta donativos, no estaremos afectados en el pago de IETU. En nuestras inscripciones y colegiatura

Si tienes o conoces a alguien que tenga un problema jurídico
te recordamos que nuestra Universidad cuenta con un Despacho que brinda asesoría jurídica.
Si quieres integrarte a ese equipo de trabajo acude a la Dirección de Derecho y realiza una solicitud.


LICENCIATURA EN DERECHO
U. JUSTO SIERRA
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